Santo Tomás

Crédito con Aval del Estado

Requisitos Específicos

1) PARA ALUMNOS QUE INGRESARÁN A PRIMER AÑO EN 2012 (postulación del 2 al 21 de noviembre 2011):

  • Tener un puntaje promedio igual o mayor a 475 puntos en la PSU (Lenguaje y Matemática), en el caso de los alumnos que quieran utilizar el Crédito para financiar una carrera en una Universidad (tradicional o privada). Para este proceso serán válidos los puntajes de la PSU 2011, 2010 y 2009.

Nota: No es exigible el puntaje PSU a los alumnos no videntes y tampoco a los estudiantes que cursaron a lo menos los últimos dos años de enseñanza media en el extranjero. En ambos casos, los postulantes deberán acreditar un promedio mínimo de 5,3 en la educación media.

  • Acreditar un promedio de notas de enseñanza media igual o superior a 5,3 o bien, un puntaje PSU igual o superior a 475 puntos (Lenguaje y Matemáticas), en el caso de los alumnos que quieran el financiamiento para una carrera en un Instituto Profesional o Centro de Formación Técnica.

IMPORTANTE: Las instituciones de educación superior pueden exigir requisitos adicionales a los señalados por ley para aceptar alumnos con este Crédito.

En el caso de las tres Instituciones Santo Tomás (UST-IP-CFT), estos puntajes deberán adecuarse a los puntajes de corte exigidos para cada carrera como mínimos. Así, si el puntaje de Corte es más alto que los de CAE prevalece el puntaje de corte para asignar CAE.

2) CONTINUIDAD DE ESTUDIOS DE ALUMNOS RENOVANTES DE CRÉDITO CON AVAL DEL ESTADO:

La Ley y el reglamento que regula el Crédito con Aval del Estado establecen la posibilidad de que un alumno que ha estudiado una carrera con financiamiento CAE pueda estudiar una segunda carrera con este mismo financiamiento. Estos alumnos se llaman: “Alumnos Renovantes con Continuidad de Estudios”.

Requisitos:

  • Que la segunda carrera sea de la misma área de conocimiento que la primera.
  • Que la segunda carrera sea de mayor rango académico que la primera (ejemplo: de técnico agrícola a agronomía; y de carrera técnica a profesional; de profesional sin licenciatura a profesional con licenciatura; de bachillerato a profesional con licenciatura).
  • Que no haya sido informado el egreso del alumno de la primera carrera a la Comisión Ingresa, pero  Debe estar declarado el EGRESO EN EL SISTEMA CLAS.
  • Que el alumno haya egresado antes del 15 de marzo de 2012.
  • Que el alumno haya sido informado a Ingresa en el último proceso de renovación en el último nivel de estudios de acuerdo al número de años que dura la primera carrera.
  • Que el alumno esté matriculado en la carrera de destino.

Es importante resaltar  que la continuidad de estudios solo se dará entre instituciones Santo Tomas, y no se aceptará continuidad de estudios de alumnos que vienen de otras instituciones dado lo complejo del proceso de información y la casi nula posibilidad que tenemos que la otra IES no informe a un alumno como egresado.
Si un alumno se matricula en una segunda carrera y proviene de Bachillerato y cumpliendo con los requisitos de este párrafo 2 (ii.) se considera apara efectos de CAE “Continuidad de Estudios”.

3) ALUMNOS RENOVANTES CON CAE QUE PROVIENEN DE OTRAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR:

A partir del proceso de Admisión 2012, todo alumno que ya cuente con CRÉDITO CON AVAL DEL ESTADO y que provenga de otra Institución de Educación Superior, podrá matricularse en las 3 instituciones Santo Tomás, siempre que:

  • Cumpla con los requisitos de admisión para la carrera a la que desea matricularse.
  • No contar con un cambio de carrera o institución previo.
  • La Ley 20.027 autoriza que los alumnos que tienen el crédito con garantía del Estado, se cambien de carrera y/o de institución de educación superior manteniendo el beneficio, pero pueden hacerlo sólo una vez. Para que este derecho sea exigible, deben matricularse en el plazo máximo de 12 meses desde que abandona la anterior institución/carrera (de lo contrario será declarado desertor académico) y asegurarse de que la nueva casa de estudios también forma parte del Sistema de Crédito con Garantía Estatal y que acepta al alumno como matriculado con crédito.
  • Si el cambio de carrera/institución significa ingresar a primer año en la  Universidad, se hará exigible el requisito legal de tener un puntaje promedio mínimo de 475 puntos en alguna de las tres últimas PSU.